Miles de afectados se lanzan a reclamar los intereses de las tarjetas revolving

Publicado: 08 de mayo de 2019, 15:23
  1. Tarjetas Revolving
Miles de afectados se lanzan a reclamar los intereses de las tarjetas revolving

Se ha disparado el pistoletazo de salida y no hay vuelta atrás. Para el Tribunal Supremo las tarjetas revolving, comercializadas por empresas como Wizink, Cetelem o Carrefour que permiten fraccionar los pagos y se renuevan de forma automática pueden ser consideradas usura.

Un escenario en el que, tan solo tomando como referencia el caso de Wizink, nos encontramos con que, en 2017, la entidad tuvo que enfrentarse a 245 sentencias en contra, que le hicieron perder un total de 4,6 millones de euros.

Todo apunta a que, este año, el número de denuncias contra las tarjetas revolving no hará sino incrementarse, pudiendo triplicarse estas cifras.

¿Qué son las Tarjetas Revolving?

Para quienes no estén familiarizados con este tipo de tarjetas, son habitualmente utilizadas para realizar una serie de pagos extraordinarios ante situaciones en las que el cliente no dispone de liquidez inmediata sobre unos servicios o productos específicos: Centros comerciales, hipermercados, agencias de viajes, tiendas de muebles y grandes almacenes.

Una búsqueda por internet sobre este tipo de tarjetas, pone de manifiesto las bondades de este tipo de créditos que se comercializan en su mayoría como un tipo de crédito “Rápido, fácil y con descuentos”. La realidad, sin embargo es otra.

La trampa de las tarjetas revolving

En dP abogados hace tiempo que comenzamos a recibir numerosos casos en los que los clientes afirmaban que:

- Habían pedido el contrato a la entidad y nunca llegaba

- Si no habían pagado una cuota no les permitían acceder a la plataforma para ver lo que debían

- No podían ver el cuadro de amortización.

- Les aumentaban el límite dispuesto unilateralmente.

- Recibían más de 5 llamadas al día.

- Les llamaban al trabajo, a casa, a sus amigos diciéndoles que tenían una deuda.

- Llamaban desesperados al despacho con ataques de ansiedad debido a la amenazas de los operadores.

- Por mucho que pagaban el crédito nunca acaba.

Según dP abogados, se repiten los mismos patrones y se producen de manera sistemática las mismas vulneraciones de derechos por parte de las entidades que otorgan esos préstamos.

Miles de afectados se lanzan a reclamar los intereses de las tarjetas revolving - Imagen 1

1.-Intereses muy por encima de los del mercado

Son 2, 3 y 4 veces superiores al interés medio concedido por el Banco de España. El interés nominal anual en la mayoría de los afectados es superior al 20% sin contar las comisiones que surjan durante el contrato, entre las cuales encontramos: comisión apertura, gastos de formalización notarial, gastos devengados por avales concedimos por entidades diferentes a las que concede el préstamo, primas de seguro concertadas a favor de la entidad con un tercero, comisión de estudio… que deben sumarse al nominal y quedando un TAE por encima del 24% en la mayoría de las tarjetas.

2.- Falta de transparencia

Muchos de los titulares de este tipo de tarjetas desconocen lo que les queda por pagar o llevan años pagando y, pese a que han devuelto el crédito principal con creces, la deuda sigue existiendo de forma perpetua. Cuando además preguntan lo que les queda por pagar no hay respuesta o si la hay esta es confusa y no coincide con el tiempo que llevan pagando y la deuda que contrajeron.

3.- Acoso

La mayoría de los afectados sufre una absoluta persecución por parte de la entidad que les ha concedido el préstamo. Muchos de ellos se niegan a pagar por no tener el dinero o pensar que con creces habían saldado su deuda.

Tramitación de reclamación a COSTE CERO

Desde dP abogados tenemos la certeza de que la postura del Tribunal Supremo es clara y contundente a favor de los consumidores. Ven tan clara la estimación de la reclamación que en dP abogados realizan la tramitación a coste cero.

“La postura del Tribunal Supremo El Tribunal Supremo considera que si se cumplen los requisitos para considerar que un crédito infringe la Ley de Represión de la Usura se deberán considerar abusivos y por tanto nulos.”

De hecho, el caso juzgado en concreto por el Alto Tribunal el 28 de octubre de 2015 en el Pleno de la Sala de lo Civil anula por usurario un préstamo al consumo al 24% de interés.

A día de hoy casi todas las Audiencias de España se han pronunciado con una respuesta casi unánime, consiguiendo el despacho dP abogados sentencias en la mayoría de las ciudades del territorio nacional.

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